Publicado por Aristides Vasquez
Sabía que en la República Dominicana existe un bono destinado a personas que compran un inmueble por primera vez el cual recibe el nombre de Bono de vivienda de bajo costo...
Y es que a partir del decreto 389-15, en diciembre del 2016 el presidente de la República declaró ese año como: el año para el inicio del fomento a la vivienda, cumpliendo con el artículo 59 de la Constitución dominicana sobre el derecho a la vivienda y el deber del Estado para hacerlo efectivo.
Dado a esto se implementó un plan de entrega de bonos en beneficio de los ciudadanos para que puedan adquirir viviendas de bajo costo.
Pero ¿Qué es el bono de vivienda de bajo costo? Es una compensación o bono del impuesto sobre transferencia de Bienes Industriales y Servicios (ITBIS) pagado en el proceso de construcción de los proyectos de viviendas de bajo costo desarrollados bajo la figura del fideicomiso. Esta compensación servirá como parte del inicial en la compra de la primera vivienda o para el capital del préstamo hipotecario en caso de haber completado dicho inicial.
Condiciones a cumplir para beneficiarse de este bono:
1. El proyecto residencial donde se está adquiriendo la vivienda debe estar calificado por el Instituto Nacional de la Vivienda (INVI) en la categoría de “Vivienda de bajo costo” y estar inscritos en la Dirección General de Impuestos Internos (DGII)
2. Ser adquirente de una primera y única vivienda. En el caso de adquirentes casados bajo el régimen de comunidad de bienes, ambos cónyuges deberán cumplir con este requisito.
3. Identificar el número de unidad y el proyecto habitacional.
4. La vivienda deberá ser utilizada o habitada por el adquirente, ascendientes, descendientes y/o colaterales, todos hasta un primer grado. Queda prohibido el alquiler o transferencia, durante un período mínimo de 5 años. En caso contrario el adquirente está obligado a la devolución del monto del bono otorgado.
Aunque ante todo lo primero que se debe saber es si el proyecto habitacional está calificado como vivienda de bajo costo y si este se encuentra registrado en la DGII, para esto se debe ingresar al portal de dicha institución, en la sección de consultas seleccionando RNC. Para confirmar si un proyecto esta registrado en la DGII, debe comunicarse con el Departamento de Fideicomisos o a la sección de registro de proyectos.
Es importante resaltar que cuando nos referimos a viviendas de bajo costo son aquellas que no sobrepasan los RD$ 2, 603,828.00, y que para la petición de este bono debe ser una persona que haya aprobado con todos los requisitos existentes en el portal del INVI.
También debes saber que este bono aplica tanto para el inicial como la compra en planos del proyecto, siempre y cuando el adquirente no tenga vivienda propia.
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